Cómo tributan los planes de pensiones

Tu plan de pensiones tributará de diferente forma según tu lugar de residencia, en casi todos los casos puedes conseguir reducciones importantes a la hora de hacer la declaración de la renta. Éstas reducciones varían en función de si resides en Guipúzcoa, Navarra o en el resto de las provincias del Estado.

En el caso de Guipúzcoa, si la prestación se materializa en forma de capital, las prestaciones que percibas por primera vez a lo largo de un mismo ejercicio fiscal, sean cobros totales o parciales, tributarán con una reducción del 40%. Esto se cumplirá siempre que hayan transcurrido más de dos años desde la primera aportación, excepto en el caso de incapacidad que no requiere antigüedad.

Para volver a tener la reducción, tendrán que pasar cinco años desde el último cobro parcial y cumplirse la regla de que la antigüedad promedio de aportaciones sea mayor que la mitad del periodo trancurrido entre la primera aportación y el cobro. Si la prestación se realiza en forma de renta tributará al 100% ( no tiene reducción) y si se realiza de forma mixta, se le dará a cada parte su tratamiento.

En el caso de Navarra, tributarán por el 60% todas las prestaciones percibidas en forma de capital para los casos de jubilación y fallecimiento, y variará en caso de invalidez que se la aplicará una reducción del 50%, es decir, tributará unicamente por el 50%.

Por último, en el caso del resto de provincias del Estado, todos los cobros se integrarán al 100%, sean percibidos en forma de capital o en forma de renta. Sin embargo, las aportaciones realizadas antes del 31.12.2006 se beneficiarán de un régimen transitorio. Al rescatar el capital acumulado correspondiente a dichas aportaciones, más la rentabilidad que hayan generado, se integrarán al 40% si se opta por cobrar en forma de capital.

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