La jubilación anticipada

Descubre qué trabajadores pueden retirarse antes de la edad de jubilación ordinaria, fijada para 2019 en 65 años si has cotizado 36 ejercicios o más y, si no has llegado, en 65 y medio.

Tras un largo recorrido profesional o llegados a una edad, toca barajar las distintas opciones que existen frente a la jubilación. Lo ideal, por supuesto, es que la diferencia que exista entre el último sueldo recibido como profesional y el primer pago de la pensión sea la mínima. No obstante, cada trabajador tiene sus propias prioridades y a algunos les merece más la pena dejarlo cuanto antes a pesar de que pierdan algo de dinero en el proceso.
Si estás pensando en dejar de trabajar de forma previa a la edad legal de jubilación, lo primero que debes saber es que existen diversas posibilidades. Así, la jubilación puede ser parcial, activa o flexible (en estas dos últimas puedes trabajar y al mismo tiempo cobrar la pensión) o demorada. También puedes acceder a la prejubilación. A ellas se une la jubilación anticipada: te contamos todas las claves sobre esta forma de retiro profesional.

Qué es la jubilación anticipada

Así, desde marzo de 2013, la jubilación anticipada se mantiene vigente, pero sólo en ciertas casos. En esencia, como su propio nombre indica, se trata de una jubilación voluntaria previa a la edad legal de retiro. Eso sí, sólo para quienes resulte de aplicación lo establecido en la disposición transitoria cuarta, apartado 5, de la Ley General de la Seguridad Social, que te explicaremos más adelante.

Antes de entrar en materia, no obstante, al hablar de jubilación anticipada hay que diferenciar entre la voluntaria y la involuntaria, ya que después habrá diferencias en los coeficientes reductores que se aplicarán para calcular la cuantía de la pensión, entre otros aspectos.

A qué edad puedes acceder a la jubilación anticipada

La primera cuestión en ese sentido es recordar que la edad ordinaria de jubilación está fijada para 2019 en 65 años si has cotizado 36 ejercicios o más; si no has alcanzado esta cifra, queda en 65 años y seis meses. Dado que se estableció un carácter progresivo en la edad de jubilación, ésta es de 65 y 67 años para este año de manera respectiva a los dos supuestos explicados. Queda como sigue a continuación.
Dicho lo cual, si cumples los requisitos que ahora te contaremos, gracias a la jubilación anticipada voluntaria podrás dejar tu vida profesional dos años antes de la edad ordinaria habitual de retiro. En 2019, a los 63 años de edad en caso de estar en el primer grupo de cotización mencionado, y a los 63 y medio si encajas en el segundo.

En el caso de la jubilación anticipada involuntaria, la edad de retiro se encuentra en cuatro años antes de la ordinaria. En lo que se refiere a 2019, a los 61 años y a los 61 y seis meses en función de si sobrepasas o no el límite de cotización fijado.

En ese sentido, la ley establece que no serán de aplicación las bonificaciones de edad, de las que puedan beneficiarse los trabajadores de algunos sectores profesionales por la realización de actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres y las personas con discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.

Quién puede acceder a la jubilación anticipada

Además de la edad, también hay que tener en cuenta el periodo de tiempo cotizado a la Seguridad Social. Según marca la ley será necesario un periodo mínimo efectivo:

  • De 33 años para la jubilación anticipada involuntaria y 35 para la voluntaria. A tales efectos se computará como cotizado a la Seguridad Social el periodo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año, pero no la parte proporcional por pagas extraordinarias ni el abono de años y días de cotización anteriores al 1 de enero de 1967.
  • Del periodo de cotización al menos dos años deberán estar comprendidos dentro de los quince inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o al momento en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación anticipada desde una situación de alta o asimilada al alta sin obligación de cotizar.

Las jubilaciones anticipadas caen un 12% en 2013De la misma manera, quienes deseen acceder a la jubilación anticipada también deberán cumplir las siguientes condiciones.

  • Encontrarse inscritos como demandantes de empleo en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de jubilación. No contará para el cumplimiento de este requisito la simultaneidad de la inscripción señalada con la realización de una actividad por cuenta propia o ajena, siempre que dicha sea compatible con la inscripción como demandante de empleo.
  • Que el cese, como consecuencia de la extinción del contrato de trabajo, no se haya producido por causa imputable a la libre voluntad del empleado. A tales efectos, se entenderá por libre voluntad del trabajador la inequívoca manifestación de voluntad de quien, pudiendo continuar su relación laboral y no existiendo razón objetiva que la impida, decide poner fin a la misma.

Cinco hábitos para jubilarse antes de tiempoCuánto cobras de pensión en la jubilación anticipada

Acceder a la jubilación anticipada tendrá un impacto en tu pensión. De hecho, sólo cobrarás un porcentaje de la misma al aplicarse una serie de coeficientes correctores. En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, el coeficiente dependerá del tiempo cotizado y por cada trimestre o fracción del mismo que se adelante se aplicará uno u otro. Esta es la relación según indica la Seguridad Social:

  1. Coeficiente del 2% por trimestre cuando se acredite un periodo de cotización inferior a 38 años y 6 meses.
  2. Coeficiente del 1,875% por trimestre cuando se acredite un periodo de cotización igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses.
  3. Coeficiente del 1,75% por trimestre cuando se acredite un periodo de cotización igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses.
  4. Coeficiente del 1,625% por trimestre cuando se acredite un periodo de cotización igual o superior a 44 años y 6 meses.

Eso sí, la cuantía de la pensión no podrá superar el resultado de reducir la pensión máxima en un 0,5% por cada trimestre que te jubiles anticipadamente.
Jubilación anticipadaEn la jubilación anticipada involuntaria la reducción será de 1,875% para los periodos de cotización de hasta 38 años y seis meses, del 1,75% para periodos entre 38 años y seis meses y del 1,625% para periodos a partir de los 41 años y seis meses.

Por si te resulta más práctico, en términos anuales, los citados coeficientes reductores sobre la pensión se expresan de la siguiente manera:

  • Del 8% si se cuenta con 38 años y seis meses cotizados.
  • Del 7,5% para aquellos que hayan cotizado entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses.
  • Del 6,8% para quienes estén entre 41 años y seis meses cotizados y menos de 44 años y seis meses.
  • Finalmente, a los que hayan cotizado igual o más de 44 años y seis meses se les aplicará un recorte del 6,5% por cada año que se anticipe el retiro.

En todo caso, jubilarte antes de tiempo conllevará que pierdas dinero (excepto para aquellos que sufren una discapacidad que supere el 45%) y ese recorte se aplicará durante toda la jubilación.

Jubilación anticipada vs prejubilación

Conviene aclarar que la jubilación anticipada no es lo mismo que la prejubilación al ser hechos diferentes. La jubilación anticipada se refiere a la posibilidad de retirarse antes de alcanzar los 65 años de edad por la situación laboral o por alguna circunstancia personal como, por ejemplo, una minusvalía.

Sin embargo, las prejubilaciones son las que llevan a cabo empresas u organismos públicos para jubilar antes de tiempo a sus trabajadores por motivos corporativos (generalmente rejuvenecer la empresa y ahorrar costes salariales). En estos casos suelen ofrecer importantes indemnizaciones que superan las habitualmente marcadas por ley y que sirven para compensar la pérdida de ingresos que el trabajador debe asumir en su prestación al jubilarse de forma obligada.

En cuanto a la jubilación anticipada, es la Seguridad Social quien marca los supuestos en los que un trabajador puede acceder a ella y que varían en función del régimen en el que haya cotizado.

La jubilación anticipada en los autónomos

Dejando a un lado los los planes de pensiones u otras fórmulas de ahorro privado, ¿cómo se plantea la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada para los trabajadores por cuenta propia? Pues todos ellos tienen derecho a disfrutar de ese retiro antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación desde la ya citada reforma de 2013.

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37 responses to “La jubilación anticipada

  1. Mas que un comentario, me gustaria hacer una pregunta.
    Dentro de las previsiones del Gobierno actuales sobre materia de pensiones, se dice algo de la jubilación anticipada a los 60 años de aquellos que llevemos cotizando desde antes del 1-1-67, con las penalizaciones pertinentes del 8% anual hasta los 65.
    Tengo 58 años, me prejubilan en mi empresa y tengo que poedir la jubilación para Julio de 2012 que cumpla los 60 años????

    Muchas gracias.

  2. Jubilación anticipada a los 61 y coeficiente reductor del 7,5 %.

    ¿No cabe interpretar que los coeficientes reductores son los actualmente vigentes, atendiendo al párrafo introducido en el pacto firmado?

    «Se mantendrán las condiciones existentes con anterioridad a esta reforma a todos los afectados constatables antes de la publicación de la nueva norma en el Boletín Oficial del Estado.»

    O bien, ¿qué se entiende por afectado constatable?

    Muchas gracias de antemano

  3. Tengo 58 años y estoy cobrando el desempleo desde hace 9 meses, me quedan 15 mas. Cuando termine el desempleo estaré próximo a cumplir 60 años, tengo claro que con esta edad, las posibilidades de encontrar trabajo siendo realista son nulas, yo pensaba jubilarme a los 62 años tras pagar dos años de convenio especial a la SS.SS., fui despedido por causas objetivas (cierre del centro, por baja producción), pienso que entraría en lo que se define como en situación de crisis. Tendré más de 42 años cotizados y mi pregunta es la siguiente: ¿con esta reforma, el nuevo coeficiente reductor aplicar por año es progresivo y si será consecuente con quienes hayamos pagado mas años de los realmente necesarios?.

  4. Tengo 57 años y estoy cobrando la prestación por desempleo para mayores de 52 años.Fue despido improcedente. Con la aplicación de la nueva reforma podría acogerme a la jubilación anticipada a los 61 años por causa de crisis, según consta en el texto de la Reforma?

  5. Tengo 53 años y estoy prejubilado desde los 50; sigo pagando ss.ss. hasta el día que cumpla 63 años en que me jubilaré anticipadamente según convenio con la Seguridad Social(llevaré cotizados 48 años y 6 meses). Antes de la reforma, debido a mis años cotizados, dejaría de percibir un 6% por cada año ¿Se me respetará este porcentaje? ó será el mismo que para quién tan solo ha cotizado 33 años.

  6. Me han comentado que las mujeres tenemos derecho a 100 días de cotización por cada hijo.
    ¿ me pueden Vds. aclarar esto y en que consiste ?

    Un cordial saludo
    R.L

  7. Tengo 58 años llevo dos en el paro por despido improcedente y paso por el smac,y tengo en la actualidad 41 años cotizados,mi pregunta es,me puedo jubilar a los 61 años con la nueva reforma?si es asi cuanto me descontarian el 6,o el 7.5 % gracias.

  8. HOLA, agradeceria pudieran despejarme estas dudas.
    El 10 de septiembre de 2007 (con 50 años de edad),me fue reconocido un grado de discapacidad del 65%.
    A fecha de hoy 25 de febrero de 2011, llevo cotizados un total de 12684 dias (7640 dias en regimen de autonomos y 5044 dias en regimen general).
    Tengo Esclerosis Multiple, segun la reforma de pensiones del 28/01/2011, ¿deberia esperar jubilarme con el 100%estando de alta, alrededor del 15/03/2019(62 años de edad)acogiendome al R.Decreto 1539/2003?.Llevaria mas de 42 años cotizados y segun mis calculos (corrijan si me equivoco)la base reguladora de calculo para la pension seria de los ultimos 264 meses (22años).
    Ó dada mi vida laboral y el grado y caracteristicas de mi discapacidad ¿podria jubilarme antes con el 100% de la pension acojiendome a otra regulacion?.
    Gracias y Salud

  9. En Octubre 2013 cumplo 65 años, he cotizado durante 37 años, tenia pensado jubilarme en octubre con 63 años con una penalización de un 7% por cada año hasta cumplir los 65 años. serian 2 años (14 %).Mi pregunta es la suiguiente.Con la nueva reforma y la jubilacion a los 67 ¿Me penalizarian hasta esa edad 28%). ¿como me afectaría?. ¡Gracias!.

  10. quisiera saber si se aplica la jubilacion especial a los 64 años para el fomento del empleo, antes de que entre en vigor la nueva ley en el 2013

  11. cumplo 61 años en 20 de junio de 2011,tengo cotizados 41 años los últimos 9 como empleado por cuenta agena y al mismo tiempo autonomo ¿puedo jubilarme a los 61, que % descuento me aplican,
    me interesa seguir, hasta cuando? ya que desde noviembre solo trabajo por cuenta ajena, ya no soy tambien autonomo y por lo tanto me ha bajado la base de cotización

  12. cumplo 61 años de junio 2011, tengo cotizados 41 años de los cuales los ultimos 9 como autonomo y simultameamente como trabajador por cuenta agena, he trabajado antes de 1.1.67, puedo jubilarme cuando cumpla los 61 y que porcentaje me descuenta, me interesa seguir trabajando, ya que he dejado de ser autonomo 30/11/10 y se me ha bajado la base de cotización.

  13. Tengo 59 años y 35 años cotizados, actualmente estoy en paro desde el 27 de noviembre del 2009, por despido improcedente de la empresa. El dia 27 de noviembre de este año dejo de cobrar el paro. Agradezco me informen:
    1- Si tengo derecho a alguna prestación por desempleo y durante cuanto tiempo
    2- A qué edad puedo solicitar la jubilación anticipada y el % que se aplicaría por año. Gracias

  14. Tengo cotizados 21 años en españa (soy española con DNI hace 6 años)y tengo cotizados en inglaterra 18 años antes de venir a Esapaña. Como estamos en la unión europea y este año cumplo 61, me gustaria saber como afecta esto a mi pensión.
    Y si hay un posibilidad a solicitar jubilación anticipada? Gracias

  15. tengo 58 años y estoy cobrando la ayuda de los 52 años, fui despedido por cierre de la empresa y he estado en un ere. Tengo 34 años cotizados, me gustaria saber si podre jubilarme a las 61 años con la nueva normativa, cumplo los 61 años, el 28 Junio 2013.
    Gracias.

  16. SOLICITO,ANALIZARLO CON LA MANO EN EL PECHO SR.ECONOMISTA RAMIRO GONZALEZ Y PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,jubilemos todo afiliado con 40 años de servicio cualquier edad con el 100%x100%.Para poder generar ingresos economicos al pais y generar trabajo con una mini empresa.Ejemplo: pongo una «panaderia» contratare minimo 3 empleados,generare movimiento economico.Por otro lado creamos fuentes de trabajo a cientos de profesionales en el reeplazo de los jubilados. Y evitaremos pobreza,robos,asaltos,sicariatos,etc.

  17. tengo 58 años y 34 años cotizado con una minusvalia de 52% soy autonomo, quisiera jubilarme con 61 años y 37 cotizado que porcentaje me descuenta de la paga de jubilacion

    Un saludo

  18. Tengo 30 años de aportes 53 de edad estoy por razones de salud desde hace 22 meses la junta mèdica me quiere jubilar por incapacidad què me conviene hacer?

  19. Hola: padezco una cardiopatia izquemica coronaria aguda y con cinco stent desde hace seis años y sigo cotizadondo tengo 58 años y 34 cotizado, y segun la ley puedo jubilarme siempre que este afectada la esperanza de vida, por desgracia con las patologia que tengo creo que entro por desgracia en ese varemos, quisiera saber si tengo ese derechos y si no a que edad lo tendria, yo cotizo, y pago mi autonomo pero no trabajo? las labores que yo realizab las hace mi Sra.
    Un saludo

  20. Una pregunta, tengo un obrero al que queremos jubilar y él quiere jubilarse, va a cumplir los 62 años en agosto, se iria dos años al paro y despues se jubilaria un año anticipado… con 64 años.. mi pregunta es::. él va a cumplir los 62 en agosto, si lo jubilo ya, es decir en abril, que le descuentan?? el 7,5 % de ese ultimo año y por los 4 meses que le faltan para cumplir años le quitan algo mas????

    Un saludo y gracias…

  21. cumplo 62 años en mayo,estoy en paro hace 20 meses tengo cotizado46 años empece a cotizar antes del 67 si me juvilo cuando cumpla los 62 años,que reducion me hacen

  22. Agradeceria respuesta al aisguiente tema:

    Tengo 58 años y el mes que viene se me acaba el paro de 24 meses. Tengo cotizados 42 años y mi deseo seria jubilarme a los 61 añosrespuesta

    Me despidieron en abril del 2009 mediante despido improcedente.

    Segun la nueva reforma laboral, los despedidos con anterioridad al 25 marzo 2011, conservan los derechos de la actual o anterior ley, es decir me podria jubuillat a los 61 con el coeficiente reductor del 6 % por cada año que falten para los 65

    Ruego me confirme o aclare esta cuestion

    Gracias y espero respuesta

  23. Buenas noches.

    En el mes de Diciembre de 2010 cesé en la empresa por causas objetivas con 57 años y medio y 39 años y medio de cotización. Cuando se me terminen los dos años de paro tendré 59 años y medio de edad. Según me dicen puedo hacer un convenio especial con la Seguridad Social y pagarme la SS hasta los 61 años en que pediría la jubilación. Mis preguntas son: Puedo solicitar la jubilación a los 61 años?, ya tendría 43 años cotizados. Cuanto me descontarian hasta los 65 años,el 6 ó el 7,5%? Me interesaría pagar algún año mas la SS con el fin de tener menos descuentos?
    Muchas gracias por su respuesta.

  24. Tengo 60 años y 37 cotizados a la S. Social la empresa me va a enviar al paro (me corresponden 2 años)y quizas me podria jubilar a los 62 años ¿ que penalizacion tendria? y que podriamos hacer tanto la empresa como yo para retrasar la jubilacion por lo menos un año mas y poder llegar a los 63 años

  25. Trabajo en s.a.s, tengo 64 años y tengo cotizados 48 años puedo jubilarme? y si es asi con el 100×100? gracias.

  26. Soy autonomo con 35 años cotizados¿Podre jubilarme a los 63 años?.Ahora tengo 55.Gracias

  27. Buenos días, tengo más de 52 años y 38 años cotizados, y viendo el panorama de la falta de trabajo y las perspectivas que no son nada buenas y poniendome en lo peor de no volver a trabajar. Tendria derecho y podria acojerme a la Jubilación anticipada a los 61 ya que mi despido fue por causas objetivas según la empresa y cal sería la cuantia de la pensión desde cuando tendria que aplicar los años cotizados, desde mi ultimo día cotizado incluido el periodo de prestación contributiva por desempleo?.
    Agradeciendoles su tiempo empleado en la constestación a mi comentario les saluda J.Miguel

  28. Tengo 60 años y cumplire los 61 en noviembre, para esta fecha tendre cotizados 40 años , actualmente tengo un contrato con la ss.ss cotizando los meses que me faltan desde el fin del paro hasta mi jubilacion.
    Las preguntas son que % de descuento tendre en mi jubilacion ya que en la anterior ley era del 6% por cada año? y la siguiente pregunta me podrè jubilar a los 61 ya que la nueva ley no entra en vigor hasta el 2013?

  29. tengo 61 estoy de autonomo desde 1-1-2010, antes estaba cobrando subsidio mayor 52, abri una tienda, no me funciona y voy a cerrar, tengo cotizado entre todo 34 años y 2 meses, que me conviene hacer, jubilarme anticipadamente o volver a cobrar desempleo u otra alternativa ???
    gracias si podeis ayudarme

  30. Tengo 55 años, cotizados 38 años, fui despedido a princios del 2011, tengo 2 años de paro por lo tanto al final tendre 40 años cotizados, tengo reconocida desde el 11/09/2007 una minusvalia del 65%, podre jubilarme a los 61 años, con que coeficiente reductor o tendre que eperar segun la ultima reforma hasta los 63 años.

  31. los socialistas le han dado un palo a la economia, aquellas dos tardes de zp ademas de los parados y 500 mil empresas cerradas, y una poda a la caja acompañada de una deuda de la que como los griegos no podremos pagar ni los intereses, cada semana emiten deuda para alargar la que va cumpliendo, de modo que la mayoria de los que se van jubilando lo tendran que hacer cuando la edad se lo permita y con lo que le quede, aparte de los funcionarios y sobre todo los politicos que se han asegurado, de puro patriotas, que el estado pague sus privilegios y sin pagar irpf, a eso le llamo yo reforma sin necesidad de mas paripes con los sindicatos para marear al personal

  32. Por favor necesito saber si me puedo encuadrar en algunos de los intens para obtener mi jubilacion anticipada.
    Estoy sin trabajo desde el 31.12.2004 en que llegamos a un acuerdo con la empresa el ex-BankBoston aportando hasta entonces 31 años y 6 meses. no estoy inscripto en el INEM (desconozco que es) En la actualidad tengo 62 años (cumplo los 63 en agosto proximo) Agradecere me respondan si es factible jubilarme y de ser asi me intiquen los tramites a seguir. Muchas Gracias

  33. CUALES SON LOS TRAMITES PARA PEDIR LA JUBILACION ANTICIDA CON 15 AÑOS COTIZADOS DE MINIMO

  34. Estoy en la misma situacion que Vicente me quede desempleada a los 52 años después de un ERE estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años, tengo cocierto con la seguridad social. No soy mutulista por lo tanto me jubilare a los 61 años y ….. y será en Junio 2013. Tendre cotizados 46años que porcentaje de reducción me tocará?. Cuando me despidieron al hacer el concierto con la seguridad social me baje las bases de cotizaciñon un poco. Me favorece el calculo de los ultimos años 25 en lugar de 15?
    Muchas garcias por su ayuda.

  35. Tengo 62 años y tengo 31 años cotizados, pero en los últimos 15 años tengo lagunas que no he cotizado, si me jubilo a los 63, ¿ con la nueva reforma me pueden coger para el computo de la pensión 20 años, por estar en el paro de forma involuntaria?. mis mejores años cotizados fueron hasta el años 1997

  36. tengo 61 años de edad y a fin de año cunplo los 62 podria jubilarme anticipadamente ya que conseguir trabajo a esta edad es imposible

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