El embargo de un plan de pensiones no es hoy posible mientras el dinero permanezca invertido en el producto, pero la nueva normativa permitirá su confiscación en el futuro, incluso si el partícipe evita rescatarlo.
El ahorro privado para la jubilación es un tema crucial. Más si cabe en la actualidad, con la esperanza de vida aumentando a cada momento. De ahí que muchas personas opten por contratar un plan de pensiones. A pesar de la importancia de esta herramienta frente al retiro, ¿puede ser embargado un plan de pensiones? Hasta hace bien poco no era posible, pero…
Así que hay dos respuestas según el momento en que se produjera el hipotético embargo del plan de pensiones: por ahora, no hay posibilidad de confiscación mientras el dinero permanezca invertido en este producto financiero, pero ya está aprobada la ley que lo permitirá en el futuro, incluso si el partícipe evita rescatarlo.
Aunque, futuro pensionista, no te asustes, ya que no sólo es imposible hoy que la Administración te quite el dinero que vas ahorrando, sino que, incluso entonces, llegar al embargo de un plan de pensiones será una medida excepcional. Además, de nada hay que preocuparse si no hay deudas de por medio.
El embargo en los planes de pensiones
Lo primero que hay que aclarar es que, como norma general, el ahorro destinado al plan de pensiones no podrá ser confiscado hasta el año 2025. Ése es el ejercicio en el que, según la nueva regulación, se introduce la posibilidad de rescatar un plan de pensiones sin que se cumplan los requisitos establecidos en la actualidad y que, en principio, se mantendrán hasta entonces. Cabe recordar que las prestaciones incluidas en un determinado plan de pensiones repercuten en el ahorrador en los siguientes supuestos:
- Jubilación.
- Incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual o absoluta y permanente para todo trabajo, así como la gran invalidez.
- Muerte del partícipe o beneficiario, que puede generar derecho a prestaciones de viudedad, orfandad o a favor de otros herederos o personas designadas.
- Dependencia severa o gran dependencia del partícipe regulada en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
- Situación de desempleo de larga situación.
El embargo del plan de pensiones, sin necesidad de rescate
No obstante, la nueva normativa da una vuelta de tuerca más al asunto, dado que ni siquiera es necesario que el partícipe trate de recuperar el dinero invertido para que éste sea confiscado. O lo que es lo mismo, el embargo de un plan de pensiones puede producirse incluso estando el capital invertido en ese producto de ahorro.
¿Por qué pueden embargarte el plan de pensiones?
Aunque parezca una perogrullada, el embargo puede producirse únicamente por tener deudas. Así de sencillo. De esa manera, como ya se ha señalado, a partir del 1 de enero de 2025 los acreedores podrán embargar el patrimonio de los planes de pensiones cuyos partícipes tengan cuentas pendientes con terceros.
Imposibilidad de pagar las deudas
Muchos ciudadanos, con el objetivo de hacer frente a la crisis, han recurrido al endeudamiento. Mientras se hayan devuelto las cantidades prestadas o, aunque sea de forma progresiva, se vaya haciendo, no hay mayor problema que la posible angustia que uno pueda sentir por estar endeudado. Que no es poca cosa.
El panorama se presenta más oscuro cuando no hay medio para satisfacer los compromisos adquiridos. Así, cuando una persona acumula deudas con la Administración, un excónyuge o cualquier otra persona, por citar algunos ejemplos, Hacienda puede proceder a embargar parte de su patrimonio para poder hacer frente a los pagos pendientes.
Embargo de la cuenta o de la nómina
Lo primero que la Administración suele embargar es la cuenta corriente. Dicho de otra forma, si hay dinero, Hacienda lo requisará. Después, o al mismo tiempo, dependiendo del tipo de deuda, suele ir a por la nómina, de la que se resta una cantidad mensual que se destina al pago de los compromisos financieros. (Descubre aquí la cantidad máxima que pueden embargarte de tu salario).
Confiscar el plan de pensiones
Aunque quedan más de siete años para aplicar la citada legislación, en principio, el plan de pensiones será uno de los últimos elementos del patrimonio a por los que vaya Hacienda. Eso sí, a partir del 1 de enero de 2025 podrá hacerlo en caso de que los partícipes tengan cuentas pendientes con terceros, mientras que ahora ese dinero ahorrado no puede ser embargado.
El dinero invertido es hoy intocable
Dicho de otra forma, mientras el dinero permanezca invertido en un plan de pensiones será intocable hasta 2025 y no podrá embargarse. Hasta su rescate, es decir, hasta que se recupere la inversión. Mientras tanto, los derechos consolidados seguirán rentando y haciendo crecer el patrimonio del contribuyente. En casos extremos aún se da la curiosa circunstancia, que implica una cierta contradicción, de que una persona endeudada usa su plan de pensiones para invertir en productos de alta rentabilidad que quizá le permitan lograr una recapitalización que cubra sus deudas.
¿A partir de cuándo podrán embargarte el plan de pensiones?
Como ya se ha explicado, la aplicación de un posible embargo sobre un plan de pensiones no será legalmente viable hasta el 1 de enero de 2025, ejerza el partícipe el rescate del mismo o no.
¿Puedes evitar el embargo de tu plan de pensiones?
Llegada la citada fecha, si el partícipe tiene deudas, los acreedores podrán activar el procedimiento para cobrar. Ante ese proceso, si eres el afectado, no podrás hacer nada y tu plan de pensiones será embargado te guste o no.
No te pierdas nuestra guía de planes de pensiones.
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